Miles de personas en España ya han cancelado todas sus deudas con nosotros y han empezado de nuevo de forma totalmente legal.

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Abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad que tramitan tu caso de principio a fin, de forma 100% online y en toda España.
En Alivia Finance somos especialistas en cancelación de deudas y aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad.
Trabajamos con un equipo multidisciplinar de abogados, economistas y mediadores concursales especializados.
Nos encargamos de todo el proceso legal para que puedas empezar de cero con total tranquilidad.
La Ley 25/2015, conocida como Ley de Segunda Oportunidad, es un procedimiento judicial regulado por la legislación española que permite a personas físicas —tanto particulares como autónomos— cancelar parcial o totalmente sus deudas cuando no pueden hacerles frente.
Esta ley ha sido reforzada por la última reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), vigente desde septiembre de 2022, que ha simplificado y agilizado el procedimiento, permitiendo que más personas puedan acogerse al beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
En Alivia te acompañamos en todas las fases del proceso, no solo en la presentación de la demanda. Te decimos desde el principio qué hace cada cosa y qué está incluido.
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Particulares con deudas por créditos personales, tarjetas, avales, etc.

Autónomos con deudas empresariales o fiscales.

Desempleados, jubilados o personas sin ingresos estables.

Personas que ya han intentado negociar sin éxito con sus acreedores.
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No puedes pagar tus deudas actuales o estás a punto de no poder hacerlo, ya sea por pérdida de ingresos, sobreendeudamiento o fracaso profesional.
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Es imprescindible actuar con honestidad, colaborando con el juzgado y no ocultando información ni bienes. Tampoco puedes haber rechazado empleos adecuados en los últimos 4 años ni haber sido condenado por delitos económicos en la última década.
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La suma total de tus deudas no debe superar los 5 millones de euros, incluyendo obligaciones con bancos, acreedores privados, Hacienda y la Seguridad Social.
Tras confirmar tu viabilidad, te ayudamos a reunir toda la documentación necesaria para presentar el caso.
Redactamos y presentamos tu solicitud en el Juzgado de lo Mercantil, lo que paraliza embargos y reclamaciones.
El juez estudia tu expediente y, si lo admite, se inicia formalmente el proceso legal.
Finalizado el concurso, solicitamos al juzgado la cancelación de las deudas exonerables, total o parcial según tu situación.
Con la exoneración concedida, podrás solicitar la eliminación de tus datos en ficheros de morosidad.

Tu caso pasa por abogados colegiados (Laura López, Directora Jurídica – ICAM nº 78.810, al frente del área legal), economistas y mediadores concursales especializados en derecho bancario y procedimientos del Juzgado de lo Mercantil.

A diferencia de despachos tradicionales, en Alivia tienes acceso 24/7 desde tu móvil a tu zona privada y a nuestra app (disponible en iOS y Android): cada documento, cada movimiento, cada hito del procedimiento, en tu bolsillo.

Te asignamos un asesor que te guía durante todo el proceso. Resolvemos tus dudas, te decimos qué esperar en cada fase y mantenemos comunicación clara desde el primer día.
Cancelación total o parcial de tus deudas mediante resolución judicial.
Paralización de embargos y ejecuciones desde la admisión a trámite.
Fin a las llamadas, cartas y reclamaciones de acreedores.
Eliminación de tu nombre de registros de morosos (ASNEF, RAI, CIRBE) una vez concedida la exoneración.
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que puede liberarte de tus deudas de forma definitiva.
No todas, pero sí la gran mayoría: préstamos personales, tarjetas de crédito, microcréditos, avales, facturas impagadas, y parte de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Las pensiones alimenticias, multas penales y ciertos créditos públicos no son exonerables.
Sí. Una vez obtienes la exoneración definitiva judicial, las deudas canceladas ya no pueden ser reclamadas por los acreedores. Es una liberación legal y permanente.
No hay problema. Lo importante es demostrar que no puedes afrontar tus pagos mensuales con tus ingresos actuales. Incluso con nómina o pensión, puedes acogerte si el nivel de endeudamiento es superior a tu capacidad de pago.
En muchos casos, no es necesario perder la vivienda habitual, siempre que el plan de pagos aprobado por el juez sea viable y puedas asumir la hipoteca. Analizamos cada caso con detalle para proteger tus activos siempre que sea posible.
Necesitarás acreditar tu identidad, tu situación económica, patrimonial y el detalle de tus deudas. Consulta aquí toda la documentación necesaria paso a paso.
Sí. Desde la reforma de 2022, puedes cancelar hasta 10.000 € por organismo (AEAT y TGSS) sin necesidad de plan de pagos. El resto puede incluirse en un plan si el juez lo autoriza.
No. Una vez obtenida la exoneración, tienes derecho a solicitar la eliminación de tus datos de registros como ASNEF, RAI o CIRBE, y así recuperar tu reputación financiera.
No. La concesión del EPI corresponde al Juzgado de lo Mercantil y depende del cumplimiento de los requisitos legales por parte del deudor. Nuestro compromiso es preparar tu caso con el máximo rigor para que se den las condiciones necesarias, pero la decisión final es siempre del juez.
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