Para que un juez pueda conceder la exoneración del pasivo insatisfecho (cancelación de deudas), debes demostrar que:
- No has actuado con fraude.
- No has ocultado bienes.
- No has generado deuda de forma dolosa o temeraria.
- Colaboras con el juzgado durante el procedimiento.
La ley protege a quien no puede pagar, no a quien no quiere pagar.